¿Necesita verificar su estatus migratorio? Envíe cualquiera de los siguientes documentos a Georgia Access, para verificar su estatus migratorio.
Persona inmigrante no ciudadana o un titular de visa de no inmigrante
- Tarjeta de extranjero residente I-551 (tarjeta verde)
- Tarjeta de extranjero residente temporal I-551 (tarjeta verde temporal)
- Tarjeta de autorización de empleo I-766
- Comprobante del estado actual de la visa (por ejemplo, un sello en su pasaporte o una carta de aprobación de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos [USCIS])
- Comprobante de resolución en el tribunal de inmigración (todas las páginas)
- Aviso de audiencia de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración
- “Documentos (todas las páginas) que proporcionó o recibió de USCIS o del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE):
- ICE, tales como
- Confirmación de que se recibió su solicitud de condición migratoria
- Cartas con USCIS como remitente o destinatario
- Aviso de Acción de USCIS I-797
- Orden de Supervisión de ICE
- Otros documentos con USCIS o ICE como remitente o destinatario que demuestren su condición actual”
- Registro de entrada/salida I-94
- Una petición I-130 de familiar inmediato aprobada
- Documento de Viaje de Refugiado (I-571)
- Permiso de Reingreso (I-327)
- ID de SEVIS (I-20 o DS 2019) (todas las páginas)
- Oficina de Reasentamiento de Refugiados (ORR) u Oficina de Trata de Personas (OTIP)
- Carta de certificación o elegibilidad (todas las páginas)
- “Inmigración u otro documento oficial que demuestre la concesión de:
- Suspensión de la Deportación
- Asilo
- Cancelación de la Deportación
- Cierre Administrativo
- Orden Administrativa de Suspensión de la Deportación
- Orden de Supervisión
- Prueba de que usted vivió de manera continua en Estados Unidos antes de 1972 (por ejemplo, su contrato de arrendamiento o prueba de empleo)”
Inmigrante Maltratado No Ciudadano
- Prueba de su condición migratoria
- Prueba/evidencia del daño o abuso (si su documento de inmigración no se basa en ser persona maltratada)
- Prueba/evidencia de su relación con el abusador (si su documento de inmigración no se basa en ser persona maltratada)
- Prueba de que ya no vive con el abusador
- Los documentos (todas las páginas) que verifiquen su condición migratoria, pueden incluir:
- Aviso de Acción I-797 que indique que el extranjero tiene una auto petición I-360 aprobada
- Aviso de Acción I-797 que indique que el extranjero tiene una auto petición I-360 pendiente de aprobación con un caso establecido a prima facie
- Orden de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (“EOIR”) que otorga o encuentra un caso a prima facie para otorgar, suspender o cancelar la deportación
- Aviso de Acción I-797 que indique que el extranjero tiene una auto petición I-360 pendiente de aprobación Y evidencia creíble de agresión o abuso
- Aviso de Acción I-797 que indique que el extranjero es beneficiario de una solicitud I-130 pendiente o aprobada y evidencia creíble de agresión o abuso
- I-94, códigos K3, K4, V1, V2, V3, y evidencia creíble de agresión o abuso
- Cualquier otro documento de USCIS que indique que el extranjero tiene una visa K o V y una solicitud I-130 pendiente o aprobada con evidencia creíble de agresión o abuso
- I-94 o un pasaporte extranjero anotado CR1, CR2, CR6, CR7 con evidencia creíble de agresión o abuso
- Documento de Autorización de Empleo I-766 anotado A9, A15 o C10 con evidencia creíble de agresión o abuso
- Los documentos (todas las páginas) que muestren pruebas de daño o abuso podrían incluir:
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- Informes del tribunal, la policía, los jueces, la evidencia médica de un profesional médico.
- Clero o personal de salud mental
- Declaraciones juradas de otros u otra evidencia que podría respaldar su reclamo, como prueba de una condena por violencia doméstica o prueba de buscar refugio seguro en un alojamiento para víctimas de agresión
- Los documentos que prueben su relación con el abusador podrían incluir:
- Informes del tribunal, la policía, los jueces, la evidencia médica de un profesional médico.
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